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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO - FIXED TIME INDIVIDUAL EMPLOYMENT CONTRACT
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO FIJO O DETERMINADO Y DE CAR�CTER EVENTUAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE [Employee's Name / Nombre del Trabajador] A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "EL TRABAJADOR" Y POR LA OTRA [Employer Name / Nombre del patr�n] REPRESENTADO POR [Employer's Representative / Representante del Patr�n] AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "EL PATRON" O "LA EMPRESA" AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
DECLARACIONES
I.-."EL PATRON", declara:
a) Ser una sociedad o persona f�sica constituida conforme a las leyes del pa�s.
b) Tener su domicilio en [Employer's Address / Domicilio del Patr�n].
c) Esta representada en este Contrato por [Employer's Representative / Representante del Patr�n].
II.- Por su parte "EL TRABAJADOR" declara:
a) Llamarse como queda escrito.
b) Ser de nacionalidad [Employee's Nationality / Nacionalidad del Trabajador]
c) Tener [Employee's Age / Edad del Trabajador] a�os de edad.
d) Ser su estado civil [Employee's Marital Status / Estado civil del trabajador].
e) Nombre de la esposa e hijos [Spouse's Name / Nombre de la esposa].
f) Ser de sexo [Employee's Sex / Sexo del trabajador]
g) Tener su domicilio particular en [Employee's Address / Domicilio del trabajador]
h) Estar enterado de que "LA EMPRESA", necesita de sus servicios por tiempo fijo y con car�cter de eventual a partir del d�a [First Day of Work / Primer d�a del trabajo] al [Last day of Work / Ultimo d�a del trabajo].
CAUSULAS
PRIMERA.- "EL PATRON" contrata a "EL TRABAJADOR" por tiempo determinado y eventualmente por el periodo del [First Day of Work / Primer d�a del trabajo] al [Last day of Work / Ultimo d�a del trabajo] para prestar sus servicios y labores con el puesto de [First Day of Work / Primer d�a del trabajo]. Las mencionadas labores son estrictamente de car�cter eventual toda vez que las partes consideran que en el t�rmino de duraci�n de este Contrato pueden llevarse a cabo en forma total.
SEGUNDA.- El presente Contrato obliga a lo expresamente pactado conforme a las disposiciones contenidas en la Ley vigente y la duraci�n del mismo ser� la que se se�ala en la cl�usula anterior por lo que al concluir su t�rmino las partes contratantes lo dar�n por terminado con apoyo en el art�culo antes mencionado e igualmente en la Ley vigente, sin responsabilidad de ninguna naturaleza para "EL PATRON".
TERCERA.- "EL TRABAJADOR" se obliga participar en todos los Planes de Capacitaci�n y Adiestramiento que "LA EMPRESA" le importa para el mejor desarrollo de sus aptitudes y conocimiento, planes que podr�n implantarse dentro de los programas de producci�n y durante las labores de "EL TRABAJADOR". De igual modo deber� observar las medidas preventivas de riesgos de trabajo.
CUARTA.- "EL TRABAJADOR" prestar� sus servicios en el domicilio de "LA EMPRESA" o en el lugar que �sta le indique en la ciudad de [City for Work / Ciudad del trabajo]
QUINTA.- El horario de labores de "EL TRABAJADOR" ser� [Work Schedule / Horario del trabajo] "EL TRABAJADOR" conviene con "LA EMPRESA" en que en cualquier momento su horario de trabajo puede ser modificado de acuerdo con las necesidades de la misma, por lo que "LA EMPRESA" podr� establecer dicho horario con cualquiera de las modalidades que se�ala la Ley vigente, ya sea para implantar una labor semanaria de lunes a viernes y obtener el reposo del s�bado en la tarde, del s�bado completo o cualquier otra modalidad equivalente.
SEXTA.- "EL TRABAJADOR" disfrutar� de un salario diario de $ [Daily Salary / Salario diaro] el cual le ser� cubierto los d�as [Day of the Salary / D�a del salario] de cada [Salary's Period / Per�odo del Salario] en el cual se encuentra incluida la proporci�n correspondiente a los s�ptimos d�as y d�as de descanso obligatorio, y le ser� pagado en el domicilio de "LA EMPRESA".
Del salario anterior, "LA EMPRESA" har� por cuenta de "EL TRABAJADOR" las deducciones legales correspondientes, particularmente las que se refieren a Impuestos sobre la Renta, Seguro Social, cuota sindical, etc�tera. Asimismo, se har�n las aportaciones y altas al IMSS, Infonavit, SAR y Hacienda en los t�rminos de las legislaciones respectivas.
SEPTIMA.- Por cada seis d�as de trabajo, "EL TRABAJADOR" disfrutar� de un d�a de descanso con goce de salario integro que ser� preferentemente de cada semana. "LA EMPRESA" queda facultada para variar el descanso semanal conforme a las necesidades de la misma.
OCTAVA.- "EL TRABAJADOR" se obliga en los t�rminos de la Ley del Trabajo a todos los reconocimientos y ex�menes que "LA EMPRESA" indique.
NOVENA.- "EL TRABAJADOR" se obliga a observar y respetar las disposiciones del Contrato Colectivo y del Reglamento Interior de Trabajo que exista en "LA EMPRESA".
DECIMA.- "EL TRABAJADOR" no podr� trabajar tiempo extraordinario sin autorizaci�n que previamente le otorgue por escrito "LA EMPRESA", por conducto de sus representantes. Las partes manifiestan que salvo esta forma queda prohibido en el centro de trabajo laborar horas extras. Lo anterior con apoyo en la tesis de jurisprudencia 16/94 de la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci�n.
DECIMA PRIMERA.- Si "EL TRABAJADOR" se presenta con retardo a sus labores ser� potestativo para "LA EMPRESA" admitirlo, y si lo hace cubrir� �nicamente el tiempo efectivo de trabajo desarrollado.
DECIMA SEGUNDA.- "EL TRABAJADOR" disfrutar� de los d�as de descanso obligatorio y vacaciones que se�ale el Contrato respectivo, o en su defecto la Ley Federal del Trabajo. As� como del aguinaldo proporcional respectivo que la Ley Federal del Trabajo establece. De igual modo recibir� la Prima Vacacional, equivalente al 25% del imparte pagado por concepto de vacaciones.
DECIMA TERCERA.- Lo no previsto por este contrato se regir� por las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo o del Contrato Colectivo de Trabajo existente, as� como del Reglamento Interior de Trabajo.
DECIMA CUARTA.- Las partes contratantes manifiestan expresamente que la temporalidad del presente contrato se debe a que la naturaleza del trabajo as� lo exige y se hace consistir en:
1.- Sustituci�n temporalmente de los trabajador(es).
2.- Por tratarse de trabajo de temporada (especif�que el caso)
( ) Feria
( ) Exposiciones
( ) Seminario
( ) Edecanes
( ) Cosecha
( ) Explotaci�n de materia prima extraordinaria
( ) Realizar una fabricaci�n extraordinaria
( ) Surtir un pedido extraordinario
( ) Inversi�n de capital determinado
( ) Otros (especifique)
DECIMA QUINTA. Las partes contratantes manifiestan en t�rminos de la Ley vigente que si vencido el t�rmino fijado en la cl�usula primera subsiste la materia de trabajo, la relaci�n laboral se prorrogar� �nica y exclusivamente por el tiempo que produce dicha circunstancia y consecuentemente terminada �sta, terminar� tambi�n el contrato y/o relaci�n laboral existente entre las partes contratantes.
LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR QUIENES EN �L INTERVIENEN LO RATIFICAN E IMPUESTOS DE SU CONTENIDO LO SUSCRIBEN POR TRIPLICADO QUEDANDO EL ORIGINAL EN DEPOSITO ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE Y LAS COPIAS UNA VEZ REGISTRADAS EN PODER DE CADA PARTE. EN [City of the Contract / Ciudad del Contrato] EL [Date of the Contract / Fecha del Contrato].
"EL TRABAJADOR"
"EL PATRON"~